martes, 30 de setiembre de 2008

La Ley de Promoción de la producción orgánica o ecológica


Por: Fernando Alvarado

El debate sobre la Ley 29196 de Promoción orgánica estuvo a cargo de Fernando Alvarado de la Fuente, Presidente del Centro IDEAS y Vicepresidente de la RAE. La Norma que crea el Ministerio del Ambiente estuvo a cargo de Luis Gomero Osorio, Asesor de la RAAA y miembro de la comisión Brack.

En ambas normas hay un aporte significativo de la sociedad civil, pero debemos hacer mayores esfuerzos para reducir las resistencias existentes en el sector público.

El sector privado va cambiando por la incorporación de la responsabilidad social empresarial y ambiental y debemos trabajar más con ellos.

La primera, Ley de Promoción de la producción orgánica es resultado del esfuerzo y perseverancia del movimiento agroecológico peruano y la creación del Ministerio del Ambiente es una exigencia de los países del norte al gobierno de Alan García.

¿La agricultura ecológica tiene posibilidades de desarrollo dentro de la política económica que implementa el gobierno actual, más allá de la dación de la Ley?

La Agricultura ecológica aparece como en contradicción con el modelo de desarrollo sectorialista y sin encadenamientos, hacia atrás con la generación de semillas y hacia delante con desarrollo de la agroindustria.

Debemos plantear territorios competitivos dentro de los cuales se pueda desarrollar una agricultura ecológica.

Debemos ampliar nuestro mapa de actores incorporando al gobierno nacional, regional y local, a las corporaciones, a los consumidores organizados, además de productores y promotores del desarrollo territorial y la agricultura ecológica.

Nuestra promoción e incidencia tiene como pilares a los pequeños productores y la seguridad y soberanía alimentaria. Tenemos que avanzar en el desarrollo de los mercados locales, nacionales e internacionales.

Habiendo varios manuales de incidencia política, estas dos experiencias nos muestran la necesidad de hacer uno nuevo adecuado a nuestra realidad y contexto. La incidencia política requiere especialización y dedicación exclusiva.

Políticamente el tema ambiental se pone en primer plano, y muestra nuestras debilidades para responder con rapidez a las oportunidades que se presentan para poner nuestra agenda y nuestras propuestas al debate nacional.

La Ley 29196 de Promoción de la producción orgánica o ecológica y las tareas del Movimiento Agroecológico Peruano

Al cabo de tres intentos fallidos en los años 2005, 2006 y 2007, en que el Ejecutivo devolviera al Legislativo hasta tres versiones distintas de la propuesta de Ley, finalmente el Congreso acaba de promulgar el 24 de enero la ‘Ley No. 29196 de Promoción de la producción orgánica o ecológica’.

Las primeras propuestas suscitaron ardientes debates al interior del movimiento agroecológico, que buscaron mejorar los contenidos de las diversas versiones, incluidas algunas propuestas por CONAPO y actores individuales. Creo que ahora nos toca asumir que esta es la Ley que hemos logrado conseguir y, a partir de esta actitud, extraer de ella sus aspectos más provechosos para, poniendo manos a la obra, implementarla anteponiendo los intereses de los pequeños productores ecológicos y del país en su conjunto.

La ‘Ley No. 29196 de Promoción de la producción orgánica o ecológica’, es lo que se conoce como una ley marco, es decir, un dispositivo general que brinda las condiciones favorables para aspectos más puntuales.

Veamos cuáles pueden ser, el artículo 5 define las competencias de la Dirección General de Promoción Agraria, del SENASA y del INIA. El artículo 9 define las acciones de promoción a ser impulsadas por el MINAG, PRODUCE, INDECOPI, el Ministerio de Relaciones Exteriores, MINCETUR, PROMPEX y APCI.

Nuestra primera tarea central como movimiento agroecologico será concertar con estos sectores para que puedan llevar adelante las tareas encomendadas. Recordemos que en julio del 2001, cuando se conformó la CONAPO, la mayoría de representantes del estado sabían muy poco o nada sobre la producción ecológica. En siete años la situación ha mejorado pero persiste un gran déficit de información agroecológica y por ende, de capacitación, entre los funcionarios. La RAE, la RAAA y la UNALM deberían organizar cursos y diplomados de agricultura ecológica para llenar los vacíos existentes que lleve a la formación de un grupo estatal de calidad.

El Artículo 8 designa al SENASA como ente competente para autorizar y registrar a los organismos de certificación orgánica que operan en el país. Únicamente los productos certificados por un ente certificador autorizado por el SENASA podrán ser comercializados como “orgánicos/ecológicos” en el país.

Nuestra segunda tarea central como movimiento es lograr que se fortalezca el Sistema Nacional de Fiscalización y Control de la producción orgánica para garantizar los productos en el mercado interno y externo. La meta es la consolidación de una institucionalidad que permita una vigilancia ciudadana a lo largo de toda la cadena: redes agroecológicas (RAE, RAAA, Red de Comercio Justo), organizaciones de productores (ANPE, JNC y otras), organizaciones de consumidores (CCE, ASPEC), certificadoras consolidadas (Bio Latina y todas las extranjeras con sede en Perú), mundo académico y de investigación (SOCLA), autoridades locales y regionales. Esta segunda tarea incluye la implementación de sistemas internos de control fuertes y el desarrollo de sistemas participativos de garantía.

El Artículo 6 crea el Consejo Nacional de Productos Orgánicos (CONAPO), entidad responsable de elaborar el Plan Nacional Concertado para la Promoción y Fomento de la Producción Orgánica, en coordinación con los COREPOS (Consejos Regionales); la organización de éstas estará a cargo de las instancias del sector público de nivel central y regional.

Nuestra tercera tarea principal será impulsar la conformación de las COREPOS en por lo menos 17 regiones en donde exista un fuerte movimiento agroecológico, articulando la institucionalidad agroecológica regional en un solo puño para elaborar los planes regionales que contribuyan al Plan Nacional Concertado y llevarlos adelante. A la par, es imperativo contribuir a la consolidación de la CONAPO como ente asesor y consultivo en producción orgánica, proponiendo políticas y normas adicionales para el fomento de la agricultura ecológica.

El Artículo 10 define los incentivos. Los gobiernos regionales y locales priorizarán su apoyo a la producción orgánica o ecológica en sus planes, programas y proyectos.

Nuestra cuarta tarea central será elaborar propuestas, proyectos e iniciativas para que las autoridades puedan cumplir este mandato. Nuestra labor de formación, asistencia técnica, educación del consumidor, promoción de mercados ecológicos locales, sistemas participativos de garantía y otros deben ser conocidos y recogidos por las autoridades para su financiamiento y ejecución concertada.

Una quinta tarea central consiste en aprovechar esta nueva situación para favorecer la competitividad de la producción orgánica o ecológica, esto es posicionarla en los mercados, organizar y capacitar la oferta, adquirir fortaleza empresarial, plantearse exigencias tecnológicas sólidas, lograr incluir la producción ecológica como bandera del desarrollo de las regiones, colocar la producción ecológica y los sistemas de producción agraria sostenible en el lenguaje del desarrollo económico y ambiental (incluyendo las oportunidades del comercio exterior con los nuevos tratados) y su efecto en la capitalización y el mejoramiento de los niveles de empleo e ingresos. El movimiento Agroecológico debiera sentirse actor económico y social de primer nivel con mirada de país.

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